martes, 25 de febrero de 2014

EL TRABAJO

DERECHO AL TRABAJO

Fundamento juridico: Art 25 de la Constitución Política de Colombia y Art 11 del Código Laboral Colombiano.


MÍNIMOS DERECHOS Y GARANTÍAS LABORALES 


Todo documento que parte empleador y trabajador que vaya en contra vía de los derechos mínimos de los trabajadores en Colombia no produce efecto alguno, no tendrá validez.

-Salario: Remuneración mensual, quincenal o como se haya pactado entre las partes.

-Auxilio de transporte.

-Prima de servicio.

-Cesantias.

-Pensiones.

-Intereses a las cesantias.

-Horas extras diurnas autorizadas.

-Vacaciones.

-Recargo nocturnos.

-Dotación.

-Seguridad social, salud, pensión, riegos laborales.

-Caja de compensaciones.


IRENUNCIABLIDAD DE
DERECHOS
Asi las partes empleador y trabajador pacten por escrito o de manera verbal que renuncian
a cualquiera de los minimos derechos es el acuerdo no tendra valor ni efecto alguno.

Porque la irenunciabilidad del trabajador en el derecho laboral no sea tenida en cuenta por el juzgador 

Las normas laborales son de orden publico y por ende todos los derechos y prerogativas son renunciables.


LA TRANSACCION EN MATERIA
LABORAL


Es el acuerdo extrajudicial que de manera voluntaria realizan empleador y trabajador de manera directa, libre, ese acuerdo debe garanatizar el pago de los minimos derechos laborales al caso contario que se vulneren los derechos laborales , dicha transaccion no tendra valor alguno ni el trabajador podra acudir ante el juez laboral para exigir el pago de sus derechos mininmos laborales





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