sábado, 22 de marzo de 2014

EJERCICIO PRACTICO






Jenny yurley Ingreso  a laborar el dia 24 de Julio de 2010
con contrato a termino indefinido , despedida sin justa causa el dia 17 de febrero de 2014 devengando $2.300.000 con 5 horas extras
diurnas y 5 horas nocturnas .




ART 64 INDEMNIZACION SIN JUSTA CAUSA

24/07/2010-23/07/2011=  $ 2.300.000  (30 dias)

24/07/2011-23/07/2012=  $1.533.333   (20 dias)

24/07/2012-23/07/2013=  $1.533.333   (20 dias)

24/07/2013-17/02/2014=  $868.000 (proporcional)

TOTAL INDEMNIZACION =  $ 6.235.554


INDEMNIZACION :                       = $6.235.554

PRIMA:                                            = $300.277

VACACIONES                                = $651.666

CESANTIAS                                    = $300.277

INTERESES A LAS CESANTIAS  =  $4.704

HORAS EXTRAS DIURNAS          =  59.890

HORAS EXTRAS NOCTURNAS   =83.850

TOTAL                                            = 7.636.218 LIQUIDACIÓN TOTAL






HORAS EXTRAS

HORAS EXTRAS
 ARTICULO 158 DEL CODIGO SUSTANTIVO LABORAL

HORAS EXTRAS DIURNAS

Las horas extras deben estar debidamente autorizadas, se pagan con un incremento  del 25% sobre la labor ordinaria

HORAS EXTRAS NOCTURNAS 

Igualmente deben estar debidamente autorizadas , se pagan con un incremento del 75% sobre el valor de una hora ordinaria

DOTACION

DOTACIÓN
ART 230 DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO


Los trabajadores en Colombia tienen derecho a 3 dotaciones anuales a partir de un trabajador , el empleador esta en la obligacion de zapatos y overol y claro esta se le suministra si devengan menos de dos salarios mínimos .

VACACIONES

VACACIONES

ART 186 DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

Las vacaciones son el derecho a descanso, se pagara por concepto de vacaciones 

Se pagar por derecho a los trabajadores  15 dias habiles de descanso
remunerado por año laborado .

Las vacaciones las solicita el trabajador pero el empleador decide cuando se va de vacaciones y se pueden acumular 

Se debe avisar con 15 dias antes de aticipacion


Cuando el trabajador no trabaja el año completo se aplicara proporcional.

FORMULA PARA SACAR VACACIONES 


Valor de los 15 de salario  * días laborados/360 

INTERESES A LAS CESANTIAS

INTRESES A LAS CESANTIAS 




12% Anual se paga sobre el valor de las cesantias liquidacion al 30 de diciembre del año anterior , se debe pagar por mas tardar al 31 de Enero del año siguiente



FORMULA PARA LIQUIDAR INTERESES A LAS CESANTIAS

Valor de las cesantias * Dias laborados *0.12 /360

EJEMPLO

Diana devenga en cesantias $ 1.200.000 * 0.12 = 144.000

Esto es lo que se le tiene que pagar de intereses al empleado

CESANTIAS

CESANTIAS


Los trabajadores tienen derecho al pago del auxilio de cesantias
y el empleador esta obligado a pagar al terminar el contrato como auxilio de cesantias un mes de salario por año laborado o proporcional  al año .

El pago se debe realizar  en un fondo de cesantias a mas tardar el 15 de febrero del año siguiente o a la terminacion del contrato.


EL TRABAJADOR PERDERA EL DERECHO A LAS CESANTIAS

Por  las  siguientes razones 

1 Por terminar el contrato por delito contra el empleador o contra sus parientes o personal directivo de la empresa .

2 Cualquier acto daño grave que cause el trabajador a la infraestructura o a los bienes , maquinaria o equipos instrumentos de la empresa o cualquier elemento de trabajo que sea intencional.

3 Por Revelar secretos de la empresa

4Esta prohibido a los empleadoeres hacer pagos parciales de cesantias a los trabajadores si los llegare hacer perdera el empleador.

5 Las cesantias podra retirarse para irse a prestar el servicio militar , financiacion de vivienda, reparacion de la vivienda inmediata para educacion 

FORMULA PARA SACAR CESANTIAS

Valor mes de salario x dias laborados /360


 






PRIMA DE SERVICIOS



PRIMA DE SERVICIOS 
Todo empleador  esta obligado a pagar a sus trabajadores , por concepto de prima de servicios
equivalente a 15 dias de salario , pagaderos al ultimo dia de junio una quincena , y otra quincena durante los primeros 20 dias del mes de diciembre , correspondiente al segundo semestre del calendario , a quien hubiere trabajado todo el semestre o proporcional .

Los trabajadores del servicio domestico y los conductores no tienen derecho al pago de las prima


FORMULA PARA LIQUIDAR EL PROPORCIONAL

Valor de los 15 dias x Dias laborados en el semestre /180


EJERCICIO

Jenny  Yurley Ingreso a laborar  el 01 de Enero de 2014 y es despedida  el 06 de Marzo de 2014
Con un salario de $1.400.000

$1.400.000 son 30 dias
$700.000 son 15 dias


Vlr de los 15 dias x dias laborados /180

= $700.000 . 66/180

= $ 256.666 TOTAL LIQUIDACION DE PRIMA DE SERVICIOS




ll CORTE INDEMNIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES

INDEMNIZACIÓN


EJEMPLO

Chucho empezó a laborar el dia 24 de Julio del 2007 devengando $ 3.250.000 contrato a termino
indefinido  es despedido el 04 de Marzo de 2014 sin justa causa.

24-07-2007-23-07-2008 =        $3.250.000 (30) dias

24-07-2008-23-07-2009 =        $2.166.666 (20) dias

24-07-2009-23-07-2010 =       $2.166.666 (20) dias

24-07-2010-23-07-2011 =       $2.166.666 (20) dias

24-07-2011-23-07-2012 =      $2.166.666 (20) dias

24-07-2012-23-07-2013 =      $2.166.666 (20) dias

24-07-2013-04 -03 -2014 =      $1.330.092 (221) dias

TOTAL INDEMNIZACIÓN:  $ 15.413.422